Actualizaciones al Reglamento de Tránsito de la CDMX para Motociclistas: Lo Que Debes Saber para Circular sin Multas

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Rodar en la Ciudad de México exige pericia al manillar, pero también claridad absoluta sobre el marco legal. Las reformas al Reglamento de Tránsito de la CDMX buscan reducir la siniestralidad vial y endurecer los requisitos tanto de equipamiento como de circulación.

A continuación, desglosamos los puntos críticos para mantenerte seguro, en regla y evitar que tu motocicleta termine en el depósito vehicular (corralón).

1. Casco certificado: Obligatorio y sin excepciones

El uso de casco protector para conductor y acompañante es mandatorio en todo momento, pero la normativa actual va más allá del simple hecho de portarlo:

  • Homologación oficial: Ya no basta con un casco decorativo o de bicicleta. El casco debe cumplir con certificaciones de seguridad internacionales reconocidas, principalmente DOT (Department of Transportation) o ECE 22.05 / ECE 22.06 (Comisión Económica para Europa).
  • Condiciones del equipo: Debe encontrarse en buen estado estructural (sin fracturas previas), contar con el visor correspondiente íntegro y permanecer abrochado correctamente durante la marcha.
  • Sanción: No portar casco con certificación aplicable es motivo directo de remisión de la unidad al depósito vehicular, además de la multa económica en Unidades de Medida y Actualización (UMA).

2. Restricciones en vías de acceso controlado

El acceso a vías rápidas o de acceso controlado (tales como Circuito Interior, Periférico, Viaducto Miguel Alemán, entre otras) está condicionado a la capacidad del motor:

  • Cilindrada mínima: Queda estrictamente prohibido el ingreso a carriles centrales de estas vialidades a motocicletas con cilindradas menores a 250 cc.
  • Vías secundarias y laterales: Los vehículos de menor cilindrada (motonetas, scooters o motos urbanas de 125 cc a 200 cc) deben transitar exclusivamente por vías secundarias o por las laterales de las avenidas principales.

3. Pasajeros y menores de edad

La regulación protege la integridad física de quienes viajan a bordo:

  • Capacidad autorizada: Está prohibido transportar un número de pasajeros mayor al señalado en la tarjeta de circulación de la motocicleta.
  • Prohibición de menores: No se permite el traslado de personas menores de 12 años ni de personas que no puedan sujetarse por sus propios medios al asiento o no alcancen adecuadamente los posapiés.

4. Documentación indispensable para circular

Para evitar contratiempos en retenes o inspecciones viales, todo motociclista debe portar de manera física o digital válida:

  1. Licencia de conducir vigente específica para moto: Tipo A1 (exclusiva para motocicletas) o Tipo A2 (mixta para automóvil y motocicleta). Las licencias generales de automovilista ya no habilitan el manejo de motocicletas en la capital.
  2. Placa visible: La matrícula debe estar colocada en el lugar destinado por el fabricante, limpia y libre de micas reflejantes o aditamentos que obstruyan su lectura.
  3. Tarjeta de circulación vigente.
  4. Póliza de seguro de responsabilidad civil vigente: Cobertura mínima obligatoria por daños a terceros en bienes y personas.

5. Maniobras prohibidas en el flujo vehicular

  • Invasión de infraestructura ciclista y peatonal: Queda penalizado circular sobre banquetas, camellones, ciclovías o áreas de espera ciclista.
  • Uso indebido de carriles confinados: Está restringido el paso por carriles exclusivos de transporte público (como Metrobús y Trolebús), salvo en intersecciones autorizadas para virajes.
  • Filtrado responsable: Avanzar entre carriles solo está permitido cuando el tráfico se encuentre totalmente detenido, posicionándose en la zona de detención de motocicletas (moto-box) frente al semáforo en rojo. No debe realizarse filtrado dinámico a exceso de velocidad con tráfico en movimiento.

Mantener tu motocicleta al día con los lineamientos viales y revisar periódicamente tus neumáticos, frenos y luces asegura trayectos eficientes dentro de la CDMX.

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